El gobierno, a través del Ministerio de Exteriores, ha aprobado este 1 de octubre la ley que permite empadronarse a través de registro telemático en las oficinas consulares en el extranjero.
Se da respuesta así a las necesidades de una sociedad cambiante: cada vez más personas migran por motivos laborales, hay más desplazamientos temporales por motivos de estudio, voluntariado, visitas familiares… y otros casos son consecuencia de cambios normativos como la ley que amplía derechos a represaliados de la guerra civil (Ley 52/2007, de 26 de diciembre), la ley que concede nacionalidad española a los sefardíes originarios de España (Ley 12/2015, de 24 de junio) o la ley de Memoria Democrática 20/2022, de 19 de octubre.
La consecuencia de todo ello es que en enero de 2024 se superó la cifra de tres millones de personas dadas de alta como residentes en el Registro de Matrícula Consular.
Al dejar de ser necesario el registro presencial, miles de personas no tendrán que desplazarse -en ocasiones, cientos de kilómetros- para realizar esta gestión, que es obligatoria según la legislación española.